Violencia patrimonial y económica atentado vs la mujer

Violencia patrimonial y económica atentado vs la mujer

Para que exista la violencia patrimonial o económica, no son necesarios los golpes, agresiones o maltrato físico, ya que este mecanismo atenta directamente contra la dignidad de las mujeres, quienes en muchos de los casos no están conscientes de ser víctimas, advirtió el consejero de la Judicatura del Estado de México, Juan Manuel Télles Martínez.

El juez consejero del Poder Judicial destacó que en esta clase de intimidación no hay maltrato físico, psicológico, emocional o sexual, pero sí afecta la supervivencia y el desarrollo pleno de las mujeres, al restringirse o vulnerarse sus derechos.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la entidad, establece que la violencia patrimonial se manifiesta en la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes, valores, derechos patrimoniales destinados a la supervivencia o a satisfacer necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la persona.

Télles Martínez puso como ejemplo que, en una separación matrimonial, en el que ambos tienen derecho sobre los bienes generados como pareja, uno de ellos hace todo lo posible para impedir el goce de estos al otro.

Mientras que la violencia económica va dirigida a los ingresos, incluso la percepción de un salario inferior, esto es, cuando una mujer gana menos que un hombre, a pesar de que ambos desarrollan el mismo trabajo, “esa es violencia económica porque afecta directamente los ingresos de la víctima basándose en una situación de género”, explicó el consejero. Otro caso es cuando el esposo controla los ingresos de su pareja y limita su supervivencia o la afecta.

El consejero Télles Martínez recomendó a las mujeres que sufren esta clase de violencia, a que acudan ante un juez para formular una demanda y reciban protección.

En el aspecto patrimonial, el juez puede decretar el aseguramiento de los bienes y en el económico, en caso de un matrimonio, establecer como medida una pensión alimenticia, independientemente del régimen conyugal.

Señaló que en el Poder Judicial del Estado de México existe una Unidad de Equidad y Derechos Humanos que tiene, entre sus objetivos, difundir el derecho de la mujer y de la población en general, a una vida libre de violencia.

En 1998, México ratificó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Belém Do Pará” y como compromiso internacional, nuestro país expidió y promulgó en 2007, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; un año más tarde, el Estado de México emitió su ley local que contempla la protección de los derechos en el ámbito estatal, alinea las políticas de estado y establece la clasificación de los tipos de violencia.

Gibran Marcial Leal Angulo

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6 comentarios en «Violencia patrimonial y económica atentado vs la mujer»

  1. Me parece muy interesante además de necesario que se hable de este tipo de abuso, pues ciertamente puede ser muy discreto y en muchas ocasiones pasar desapercibido sin embargo esta presente y afecta a muchas mujeres y familias que dependen de ellas. Esta información se debe de difundir y ampliar. Y debemos de reaponsabilizarnos y hacer un cambio de fondo.

  2. Un tema muy importante y común pero con poca visibilidad! Muy interesante artículo. La violencia económica también es violencia

    1. Tratamos de que la sociedad esté enterada de que puede acceder a una gran diversidad de derechos y que, sobre todo, puede hacerlos valer.

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