En 2020, juezas y jueces atendieron 12,762 juicios de pensiones alimenticias

Garantizar el interés superior del menor y el Derecho Humano a la alimentación, que no solo se refiere a comida, también a vestido, calzado, recreación, educación, atención hospitalaria y habitación, es el objetivo de las y los jueces en materia familiar, en cada asunto que estudian y sentencia que emiten sobre pensión alimenticia.
Los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial en materia familiar, iniciaron durante 2020, un total de 12 mil 762 juicios relacionados con solicitud, consignación, disminución, cancelación o incremento de pensiones alimenticias, rubro que incide en uno de los aspectos más vulnerables de la sociedad.
Significa que las y los jueces que conocen de la materia familiar, atendieron mensualmente en promedio, casi mil 100 juicios sobre este tema como parte de las controversias familiares.
Del total, 3 mil 234 se registraron del 1 de enero al 19 de marzo y el resto, esto es 9 mil 528, del 20 de marzo al 31 de diciembre, durante la pandemia.
Los juicios sobre pensiones alimenticias no pueden posponerse, pues las familias dependen de ello para su subsistencia, por lo que, desde el inicio de la emergencia, los servicios del PJEdomex no se suspendieron.
El artículo 4.127 del Código Civil del Estado de México establece que tienen derecho a recibir alimentos las y los hijos menores de edad o mayores de edad que se dediquen al estudio, los discapacitados, los adultos mayores, la cónyuge o concubina que se haya dedicado cotidianamente al trabajo del hogar, consistente en tareas de administración, dirección, atención y cuidado de la familia.
Así como el cónyuge o concubina que se encuentre imposibilitado física o mentalmente para trabajar, previa acreditación con la documentación idónea expedida por una institución pública de salud.