Documento privado, redactado en forma de carta, suscrito por el otorgante y dos testigos, mediante el cual se apodera a determinada persona para l realización de actos jurídicos, sin que se exija para que surta efecto la ratificación de las firmas que figuran al calce del mismo.
Sociedades anónimas que tienen el carácter de intermediarios en el mercado de valores, calidad que les otorga el hecho de su inscripción en la Sección de Intermediarios del Registro Nacional de Valores e Intermediarios.
Algunas de sus actividades son: Recibir fondos por concepto de las operaciones con valores que se les encomienden; Prestar asesoría en materia de valores, Recibir préstamos o crédito de instituciones de crédito o de organismos de apoyo al mercado de valores, para las actividades que les sean propias, entre otras.
Reconocimiento judicial de un domicilio particular o edificio que no estén abiertos al público.
Seguridad que una persona da a otra de que cumplirá lo pactado, prometido o fundado. En términos generales, cualquier forma de garantía de las obligaciones.
Documento público, autorizado por persona competente, destinado a hacer constar la existencia de un hecho, acto o calidad, para que surta los efectos jurídicos en cada caso correspondiente.
Documento relativo a mercancías determinadas, en el cual se declara, por persona o entidad autorizada al respecto, la procedencia de las mismas, como garantía de su calidad.
División territorial delimitativa de las competencias atribuidas en los órdenes judiciales, administrativos, etcétera.
Cada una de las disposiciones de que consta un contrato, tratado o testamento.
Fuerza física o moral que, operando sobre la voluntad, anula la libertad de obrar de las personas.
Fuente
De Pina, Rafael, De Pina Vara Rafael. (2010). Diccionario de Derecho.
México: Editorial Porrúa. 37a. edición/primera reimpresión.