Glosario

Glosario

Continuando con nuestro Glosario en Yo por la Justicia, hablemos de Bienes.

De acuerdo con la Real Academia Española, un bien es “Aquello que en sí mismo tiene el complemento de la perfección en su propio género, o lo que es objeto de la voluntad, la cual ni se mueve ni puede moverse sino por el Bien, sea verdadero o aprehendido falsamente como tal”.

Otro significado es “Todo aquello que es apto para satisfacer, directa o indirectamente, una necesidad humana”.

Así como “Cosas materiales o inmateriales en cuanto objetos de derecho”.

Para el Derecho los bienes son importantes en cualquiera de las materias.

Bien 

Cosa material o inmaterial susceptible de producir algún beneficio de carácter patrimonial.

Bien Común

Beneficio que desprendiéndose de la convivencia  social, debe ser compartido, proporcionalmente, por todos los miembros de la comunidad, sin exclusión alguna, y al que todos deben contribuir con sus medios y con su conducta.

Bienes Comunes

Los que pertenecen por igual a ambos esposos.

Bienes de Abolengo

Aquellos que se heredan de los abuelos.

Bienes de Dominio del Poder Público

Tienen esta naturaleza los pertenecientes a la Federación, a los Estados o a los Municipios.

Bienes Hipotecarios

Aquellos legalmente reconocidos como susceptibles de constituir una garantía hipotecaria.

Bienes Litigiosos

Aquellos que constituyen la materia u objeto de un proceso pendiente de resolución.

Bienes Mostrencos

Bienes muebles abandonados y perdidos cuyo dueño se ignore.

Fuentes 

De Pina, Rafael, De Pina Vara Rafael. (2010). Diccionario de Derecho. México: Editorial Porrúa. 37a. edición/primera reimpresión. 

Glosario. (2020). En Diccionario de la lengua española. Madrid, España: Real Academia Española. Recuperado de https://dle.rae.es/?w=glosario

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