Las huelgas laborales tendrán un nuevo mecanismo para ser declaradas, pues a partir de la iniciativa de Reforma Laboral serán atendidas por los Centros de Conciliación y, en su caso, resueltos por los Poderes Judiciales federal y locales, de acuerdo al tipo de materia laboral que se trate, así lo explicó María Claudia Esqueda Llanes, especialista en Derecho Laboral por la Universidad Panamericana.
Como parte del Congreso Nacional de Educación Judicial realizado en la Escuela Judicial del Estado de México, la experta señaló que la huelga se resolverá a través de un juicio en el que los tribunales tendrán la obligación de determinar si existió alguna responsabilidad por parte del patrón y ordenar el pago de salarios caídos, indemnización o garantizar diversos derechos.
Este conflicto podrá declararse procedente cuando no haya acuerdo conciliatorio entre las partes, pues recordó que esta etapa ahora será obligatoria una vez que se implemente la Justicia Laboral en los tribunales locales y el federal.
Para que la huelga sea legal, Esqueda Llanes explicó que en el centro de conciliación se solicitará audiencia, misma en la que deberá presentarse el pliego de peticiones por parte de los trabajadores ante el patrón y, de no llegar a un acuerdo, se dará aviso al instituto de registro sindical, órgano que informará a los tribunales y al patrón.
El procedimiento, dijo la especialista, se llevará a cabo en un periodo de 6 a 10 días previos al emplazamiento a huelga, mientras que la audiencia se llevará a cabo 72 horas antes de que se declare el paro laboral. En ese tiempo se determinará si la empresa requiere personal de emergencia para continuar su operación.
Como moderadora de esta sesión, la magistrada María Cristina Miranda Cruz destacó la claridad de la exposición de Esqueda Llanes, al presentar un tema que es de interés colectivo dentro del cambio de paradigma que implica la reforma en materia de Justicia Laboral.