POR EL QUE SE AUTORIZA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA FUNCIÓN ACCESIBLE E INCLUYENTE PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL EN EL TRIBUNAL ELECTRÓNICO
El artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, reconoce el derecho a la igualdad y a la no discriminación y ordena a todas las autoridades estatales a adoptar medidas para garantizar la inclusión. En este sentido, el artículo 1 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, establece que sus disposiciones son encaminadas a reglamentar el mandato constitucional que reconoce a las personas con discapacidad, sus derechos humanos, y el establecimiento de políticas públicas necesarias para su ejercicio.
El Poder Judicial avanza en su cumplimiento con acciones afirmativas, por lo que el 16 de octubre se presentó la plataforma de consulta del Tribunal Electrónico Accesible para personas con discapacidad visual, con la participación de personas usuarias con discapacidad visual y de servidoras y servidores judiciales adscritos a la Dirección General de Innovación y Desarrollo Tecnológico, pertenecientes a las Regiones Judiciales de Toluca, Tlalnepantla, Texcoco y Ecatepec.

Derivado de los resultados favorables obtenidos de diversas pruebas tanto de inducción sobre el uso de la función como para identificar áreas de mejora y limitaciones, se estimó procedente a partir del 2 de marzo, autorizar mediante el Acuerdo APOAJ/05/2026, el desarrollo e implementación de esta función accesible e incluyente en el Tribunal Electrónico, concordante además con el Eje Transversal II “Justicia Transparente e Incluyente” del Plan de Desarrollo del Poder Judicial del Estado de México 2025-2027, y en cumplimiento al mandato constitucional de reducir las barreras que enfrentan las personas con discapacidad visual para el acceso a la justicia.






