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Mamá recupera pensión alimenticia que no recibió durante la infancia de sus hijos

Un Tribunal del Poder Judicial del Estado de México resolvió que una madre tiene derecho a recuperar los recursos que destinó para cubrir la pensión alimenticia de sus hijos cuando eran menores de edad, debido al incumplimiento del padre.

De acuerdo con la resolución, la mujer aportó los recursos necesarios para alimentación, vivienda, salud, educación y vestimenta de sus hijos, en ausencia del cumplimiento de la obligación alimentaria por parte del padre. El fallo establece que, aunque los hijos ya son mayores de edad, el adeudo se originó durante su infancia, por lo que la pensión puede reclamarse de manera retroactiva.

Durante el juicio, uno de los hijos expresó que no deseaba recibir el dinero. Sin embargo, el tribunal determinó que la deuda es exigible por tratarse de una obligación que fue asumida por la madre en sustitución del deudor alimentario. El criterio adoptado reconoce que la obligación de proporcionar alimentos recae en ambos progenitores y que, en caso de incumplimiento, la persona que asume esa carga puede solicitar su reembolso.

Este tipo de resoluciones se enmarca en el cumplimiento del principio del interés superior de la niñez, aplicable incluso cuando los beneficiarios ya han alcanzado la mayoría de edad, si la deuda se generó antes de ese momento.

Según cifras del PJEdomex, el 80% de las pensiones alimenticias que se solicitan son promovidas por mujeres, en su mayoría madres, mientras que el 19.12% corresponde a hombres.

La resolución sienta un precedente sobre la posibilidad de exigir el cumplimiento de pensiones alimenticias no cubiertas en su momento, mediante la devolución de los recursos aportados por quien asumió dicha responsabilidad. 

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La justicia se explica con claridad

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TTA salvando vidas con segundas oportunidades

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