* Sergio Vargas González
Las valoraciones electrónicas no aplicarán en los asuntos donde hay factores que se consideran de riesgo:
A. Cuando exista documental en el expediente, que constate una denuncia por abuso sexual a algún menor involucrado y que el presunto agresor sea parte del juicio o de la red de apoyo familiar.
B. En asuntos de violencia familiar, donde las partes se encuentren cohabitando el mismo domicilio, al momento de la solicitud de la pericial.
C. Cuando los menores de edad involucrados tengan entre 4 y 10 años al momento de la valoración.
D. Cuando exista documental en el expediente, que revele un trastorno psiquiátrico que comprometa la seguridad de la persona después de la valoración a distancia.
Para llevar a cabo la valoración electrónica en materia de psicología forense, las partes deberán contar con firma electrónica (FeJEM), un dispositivo electrónico, preferentemente equipo de cómputo con cámara web, audífonos, micrófono y conexión a internet. Un espacio cómodo al momento de la valoración y disposición de tiempo suficiente para su realización.
La sesión de la valoración será videograbada y resguardada en el sistema que se implementará para ese efecto, y deberá estar vinculada al expediente psicológico electrónico, el cual se conforma con la información digitalizada de todos los elementos que integran la valoración electrónica.
Además, se trabaja con la Dirección de Construcción y Mantenimiento de Obra en los proyectos de adecuación de tres centros de valoración en las regiones judiciales, para la aplicación de pruebas psicológicas en los casos que no se haya concretado la valoración psicológica completamente en línea, y se utilice una modalidad semi-presencial. La entrevista se realizará de manera remota y la aplicación de pruebas y tests psicológicos de manera presencial en estos centros.
La aceptación de un modelo de evaluación psicológica digital, implica el cambio de paradigma tanto de peritos como de usuarios. No se trata de sustituir la tarea del especialista sino de tener un punto de partida para responder a los objetivos de la evaluación, pues sólo el profesional es capaz de reunir información de una variedad de fuentes, contextualizarlas e interactuar con la persona a evaluar siendo la entrevista y los resultados en las pruebas recabados de manera remota, solo una parte del proceso global de la pericial, cuyo proceso concluye con la emisión del dictamen respectivo.
* Titular de Peritos del Poder Judicial