Capacitamos sobre el precedente en la Ley Orgánica del Poder Judicial

Capacitamos sobre el precedente en la Ley Orgánica del Poder Judicial

Dirigida a asociaciones, barras y colegios de abogados, el pasado 8 de junio se llevó a cabo la Capacitación “El Precedente en la Nueva Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México”, cuyo ponente fue Juan Carlos Abreu y Abreu, Director de Compilación y Sistematización de Tesis del PJEdomex.

El ejercicio de cercanía que se realizó a través de zoom, tuvo como objetivo explicar a los participantes la trascendencia de la reforma federal en materia de formación de jurisprudencia y precedentes, así como su adecuación en los órganos jurisdiccionales locales y de cómo adquirió rasgos muy particulares -incluso podríamos decir vanguardistas-, en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, publicada el pasado 6 de octubre de 2022, en la Gaceta del Gobierno de la entidad.

La jurisprudencia en el orden jurídico mexicano había funcionado -desde inicios del siglo XIX-, como la sistematización de los criterios interpretativos de la norma que elaboraban la Suprema Corte -a nivel federal- y los tribunales superiores de la entidades federativas -a nivel local- cuya obligatoriedad pondera en los tribunales de menor jerarquía que, como resultado de la fórmula de reiteración, debe guiar la decisión del juzgador mediante la operación lógica de la subsunción.

Si bien la teoría del precedente tiene genética propia de la familia jurídica anglosajona (common law), pero de la que no somos completamente ajenos en la tradición romanista (civil law), se ha aposentado de manera idónea en nuestro sistema pues robustece la calidad de tribunal constitucional de la Suprema Corte, del mismo modo en que consolida las salas constitucionales de los tribunales superiores locales. 

En la capacitación se observaron los elementos que constituyen al precedente en el sistema anglosajón y, a partir de ello, se desprendió al análisis en su adecuación a nuestro sistema y muy especialmente en la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, ordenamiento que se convierte en referente del federalismo judicial, pues no sólo hace perdurar la fórmula de la reiteración en la formación de jurisprudencia, si no que la simplifica al reducir de cinco a tres las sentencias en un mismo sentido; prevé la creación de precedentes; asimismo, profundamente innovador, incorpora como figura el “precedente por consideración”, que implica la posibilidad de estandarizar los criterios entre los juzgadores de primera instancia, así como la certidumbre que genera en los justiciables.

El PJEdomex se acerca estrechamente a las asociaciones, barras y colegios de abogados, para consolidar calidad humana al servicio de la justicia.

Yo por la Justicia

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