Capital social

Las sociedades mercantiles, en tanto que personas morales, tienen un patrimonio constituido por el conjunto de sus bienes y derechos.

Este patrimonio social se integra inicialmente con las aportaciones de los socios y, después, sufre las variaciones que la marcha de los  negocios de la sociedad le imprime.

El capital social es el monto establecido en el acto constitutivo de una sociedad mercantil y expresado en moneda del curso legal, como valor de las aportaciones realizadas por los socios.

El capital social es elemento esencial, indispensable, de toda sociedad mercantil.

La fracción V del Artículo 6° de la Ley General de Sociedades Mercantiles establece que la escritura constitutiva deberá indicar el importe del capital social. Sin este requisito, la sociedad no puede nacer a la vida jurídica.

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